La violencia institucional afecta a una de cada diez mujeres. Día 9


  • En el noveno día de la  Campaña #16DaysofActivism hablamos de la violencia Institucional

Tal y como venimos contando en esta campaña #16DaysofActivism la violencia de género se presenta bajo muy diferentes formas y proviene de muy distintos autores.

Hoy hablaremos de la Violencia Institucional que se ejerce por  la acción u omisión por parte de organismos del Estado en proteger y garantizar a las mujeres el ejercicio pleno de sus derechos humanos.

La violencia institucional fue reconocida y sus nociones fueron establecidas internacionalmente en 1993 con la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. En 1994 con la Convención de Belém de Pará, el concepto se amplió para incluir en su texto un capítulo específico sobre violencia institucional. Desde entonces, el Estado ha tenido una doble responsabilidad con respecto a la violencia contra la mujer. Es responsable de sancionar los actos y de gestionar a sus agentes e instituciones para que no los cometan.

Como ejemplo de Violencia Institucional, podemos citar:

  • Cuando las instituciones revictimizan a una mujer maltratada;
  • Cuando los agentes del Estado, en cualquiera de sus instancias, actúan con falta de diligencia o con criterios discriminatorios;
  • Cuando hay obstáculos para que las víctimas consigan una sentencia condenatoria y que su camino sea largo e incluso se le exija una heroicidad para conseguirlo;
  • Cuando haya una información inadecuada a la víctima por parte de su abogada de oficio o bien por el propio juez que la cuestiona la versión de los hechos;
  • Cuando los operadores jurídicos y las instituciones carecen de formación en género y en consecuencia dictan sentencias injustas;
  • Cuando son las víctimas las que deben adaptar su relato a las categorías jurídicas, cuando es el espacio jurídico el que debe facilitar los medios para averiguar la verdad;

Esta violencia contra las mujeres es fácilmente detectable en los países en desarrollo. En 2015, Amnistía Internacional publica un estudio que destaca la Violencia Institucional en América Latina y expone, entre otros ejemplos, el control estatal de la libertad reproductiva de las mujeres a través de las sanciones por aborto y la falta de atención pública de la salud de las mujeres que lo han cometido. En el Continente Africano, la violencia institucional se evidencia en la ausencia de leyes sobre la violencia contra la mujer. En África subsahariana, según datos del Banco Mundial de 2018, más de la mitad de los países no cuentan con legislación específica para proteger a las mujeres. Esta falta de leyes demuestra que tanto el Estado como sus instituciones no tienen una perspectiva de género en sus acciones.

En definitiva, es imprescindible que la violencia institucional esté recogida dentro de las leyes generales como una violencia más, por lo que implica de asunción de responsabilidad del Estado, por acción o por omisión, de un fenómeno que afecta a una de cada 10 mujeres y que se ha cobrado la vida de miles de nosotras.

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